Jubileo 2025, indulgencias en Tierra Santa

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También en Tierra Santa será posible obtener la indulgencia vinculada al Jubileo Ordinario de 2025. En las normas dispuestas por la Penitenciaría Apostólica y difundidas el 13 de mayo por la Santa Sede se especifica que se podrá conseguir la indulgencia jubilar concedida por el Santo Padre a los peregrinos que visiten al menos una basílica entre el Santo Sepulcro (Jerusalén), la Natividad (Belén) y la Anunciación (Nazaret).

El decreto

“También con ocasión del Jubileo Ordinario del 2025 – se puede leer en el documento de la Penitenciaría –, por voluntad del Sumo Pontífice, este “Tribunal de Misericordia”, a quien corresponde disponer todo lo que concierne a la concesión y al uso de la Indulgencia, pretende motivar los ánimos de los fieles para desear y alimentar el pío deseo de obtener la Indulgencia como don de gracia, propio y peculiar de cada Año Santo”.

El decreto de la Penitenciaría establece que “todos los fieles verdaderamente arrepentidos, excluyendo todo afecto al pecado y movidos por espíritu de caridad y que, en el curso del Año Santo, purificados a través del sacramento de la penitencia y alimentados por la Santa Comunión, oren por las intenciones del Sumo Pontífice, podrán conseguir del tesoro de la Iglesia, plenísima Indulgencia, remisión y perdón de sus pecados, pudiéndose aplicar a las almas del Purgatorio en forma de sufragio”.

Peregrinación a Tierra Santa

Durante el año jubilar, se podrá conseguir la indulgencia principalmente a través de peregrinaciones, entre ellas “a Tierra Santa: al menos a una de las tres basílicas: del Santo Sepulcro en Jerusalén, de la Natividad en Belén y de la Anunciación en Nazaret”. El decreto dispone que los peregrinos participen devotamente en la santa misa o en la celebración de la Palabra de Dios, en la liturgia de las horas, en el Vía Crucis, en el rosario mariano, en el himno Akathistos; o en una celebración penitencial que termine con la confesión individual de los penitentes.

Marinella Bandini

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